Ultima actualización: 05/09/19
Aprende cómo funciona la aceptación de facturas en el SII, qué revisar cada fin de mes y cómo evitar perder el uso del crédito fiscal de IVA en el período actual.
Hay tareas tributarias que parecen pequeñas hasta que te afectan el cierre del mes.
La aceptación de facturas es una de ellas. Si una factura electrónica no queda aceptada dentro del plazo que corresponde, el negocio puede terminar usando ese crédito fiscal IVA en el mes siguiente, no en el actual. El SII explica que el crédito fiscal de una factura se utiliza en el período en que se efectúa el acuse de recibo o en el momento en que este se entiende otorgado automáticamente después de los 8 días corridos desde la recepción del documento.
Hoy el proceso de IVA está mucho más vinculado al entorno digital del SII, especialmente al Registro de Compras y Ventas y al Registro de Aceptación o Reclamo de un DTE. En la práctica, eso significa que ya no basta con recibir una factura y asumir que quedó lista para usarse tributariamente en el mismo período. Hay que mirar su estado y, cuando corresponda, aceptarla dentro del plazo. El SII mantiene estos procesos disponibles en sus servicios en línea y sigue vinculando el uso del crédito fiscal al acuse de recibo de mercaderías o servicios.
La regla que más importa es esta: el plazo de 8 días corridos se cuenta desde que el documento tributario electrónico fue recibido por el SII. El propio SII lo ejemplifica así: si una factura fue recibida el día 1 a las 20:00, el plazo termina el día 9 a las 23:59. Si no haces ninguna acción dentro de ese período, la factura se entenderá aceptada automáticamente.
Aquí está el punto delicado: si esa aceptación automática ocurre ya en el mes siguiente, el crédito fiscal también se moverá a ese período. El SII lo dice de forma directa: si no otorgas el recibo de mercaderías o servicios y este se entiende otorgado después de los 8 días, podrás usar el crédito fiscal, pero en el mes siguiente.
Este día varía según el mes: en los meses que tienen 31 días (enero, marzo, mayo, julio, agosto, octubre y diciembre) es el día 23, en los meses que tienen 30 días (abril, junio, septiembre y noviembre) es el 22 y en febrero es el día 21.

Deberás estar siempre atento a la aceptación de los documentos recibidos durante los días con 
Durante febrero y los meses que no tienen día 31 (abril, junio, septiembre y noviembre) deberás estar atento desde antes, en los días con 
En resumen: Durante los últimos 8 días de cada mes, asegúrense de estar pendientes de la aceptación de los documentos recibidos, de manera de poder utilizar el crédito fiscal ese mes.
El efecto más común no es una multa inmediata. Es el desorden.
Tu negocio puede creer que cuenta con cierto crédito fiscal para el mes, pero al no haber hecho el acuse de recibo dentro del plazo, ese crédito se mueve al período siguiente. Eso puede desordenar la lectura del IVA, afectar tus cierres y hacer que el análisis del mes quede menos claro. El SII insiste en que el derecho al crédito fiscal depende del acuse de recibo o de su aceptación automática una vez transcurridos los 8 días.
La recomendación más simple es esta:
durante los últimos 8 días de cada mes, revisa todos los días las facturas recibidas.
No esperes al último día. No asumas que el sistema lo resolverá “a tiempo” para el período actual. Y si una factura necesita reclamo, no la dejes pasar, porque una vez vencido el plazo, se entenderá aceptada irrevocablemente. Eso también lo precisa el SII en sus materiales de ayuda y preguntas frecuentes.
Aquí es donde un sistema ordenado sí hace diferencia.
Cuando tus compras, documentos y registros están mejor organizados, es mucho más fácil detectar qué facturas llegaron, cuáles siguen pendientes y qué necesitas revisar antes del cierre del mes. La clave no es solo “entrar al SII”, sino llegar a ese momento con la información comercial y administrativa ordenada.
La aceptación de facturas en el SII es el proceso mediante el cual una empresa confirma la recepción conforme de una factura electrónica para efectos tributarios y de uso del crédito fiscal.
Porque si una factura no queda aceptada dentro del plazo correspondiente, el crédito fiscal asociado puede utilizarse recién en el mes siguiente.
El plazo general es de 8 días corridos desde la recepción del documento. Si no se realiza una acción dentro de ese período, la factura puede entenderse aceptada automáticamente.
Si no aceptas una factura dentro del plazo, esta puede quedar aceptada automáticamente y el crédito fiscal podrá usarse en el período en que se entienda otorgado ese acuse, que puede ser el mes siguiente.
Conviene revisar especialmente las facturas recibidas durante los últimos 8 días de cada mes, porque ahí existe más riesgo de que la aceptación automática ocurra en el período siguiente.
Conviene revisar facturas electrónicas recibidas, documentos pendientes de aceptación, facturas que requieran reclamo y compras cuyo crédito fiscal se necesite usar en ese mismo mes.
Las facturas electrónicas informadas como pago al contado pueden tener un tratamiento distinto, ya que nacen con el acuse de recibo otorgado y se registran automáticamente en el período de recepción.
La aceptación de facturas está directamente relacionada con el uso del crédito fiscal IVA, ya que este se utiliza en el período en que se efectúa el acuse de recibo o en que se entiende otorgado automáticamente.
Para evitarlo, conviene revisar y aceptar oportunamente las facturas recibidas durante los últimos días del mes, sin esperar al cierre o al vencimiento del plazo.
Bsale ayuda a mantener compras, documentos y registros más ordenados, lo que facilita detectar facturas pendientes y llegar con más claridad al cierre mensual y a la revisión tributaria.
Rodrigo Esquivel