Ultima actualización: 05/09/19
El Servicio de Impuestos Internos (SII) anunció recientemente un avance en la manera de declarar el Impuesto al valor agregado (IVA), que desde este mes pasa a ser online. Estos cambios están contenidos en la resolución Nº 61.
Sabemos que siempre estos cambios generan inquietud, por lo que queremos evitarte futuros dolores de cabeza y ayudarte en esta transición.
Toda factura que no tengo una aceptación efectuada antes del último día del mes a las 23:59 no será agregada al registro y por ende, no podrá ser utilizada como crédito fiscal hasta el mes siguiente.
Después de 8 días de recibida una factura, se considera aceptada automáticamente en el SII, por lo que no es necesario realizar una acción adicional. Sí tengo que preocuparme de las facturas recibidas durante los últimos 8 días del mes (porque si no las acepto, se aceptarán automáticamente al mes siguiente).
Este día varía según el mes: en los meses que tienen 31 días (enero, marzo, mayo, julio, agosto, octubre y diciembre) es el día 23, en los meses que tienen 30 días (abril, junio, septiembre y noviembre) es el 22 y en febrero es el día 21.
Deberás estar siempre atento a la aceptación de los documentos recibidos durante los días con
Durante febrero y los meses que no tienen día 31 (abril, junio, septiembre y noviembre) deberás estar atento desde antes, en los días con
En resumen: Durante los últimos 8 días de cada mes, asegúrense de estar pendientes de la aceptación de los documentos recibidos, de manera de poder utilizar el crédito fiscal ese mes.
Naomi Yano